Por Javier Peró, co-fundador y presidente del Directorio de Kyklos.
Hace tres años se promulgó la conocida Ley PUSU (plásticos de un solo uso) con el fin de regular la entrega de estos plásticos y de las botellas PET en locales comerciales, para proteger al medio ambiente reduciendo la generación de desechos y fomentando un cambio hacia el uso de alternativas reutilizables y sostenibles.
Esta ley significa un tremendo avance y es una muy buena noticia en nuestro desafío de disminuir la basura, ya que impulsa un cambio de mentalidad en el día a día de las personas y nos obliga a todos a hacer un esfuerzo para no seguir entregando envases ni “herramientas” desechables que no tienen ningún sentido, existiendo ya alternativas reutilizables o fabricadas con materiales más orgánicos. Esta normativa es fundamental para avanzar hacia un cambio de comportamiento en torno a disminución de basura en las generaciones jóvenes y también impulsa una evolución en la mentalidad en generaciones de mayor edad en donde el cambio de hábitos es un desafío no menor.
Sin embargo, desde su entrada en vigencia, la cual se ha dividido en etapas, no ha estado ajena de debates. Sin ir más lejos, este 13 de agosto debió entrar en vigencia la fase en la cual los locales de comida preparada no podían entregar plásticos de un solo uso para consumo dentro del recinto y debían ocupar productos reutilizables. Sin embargo, este plazo quedó en pausa luego de que algunos sectores aseguraran no estar preparados para la implementación de esta etapa.
Lo anterior demuestra que esta ley tiene varios desafíos por delante. Para partir, la normativa no sólo regula los plásticos, sino que también “productos”, como lo dice su artículo 3, lo que genera confusión en su interpretación. Para ejemplificar: ¿se pueden entregar servilletas?, ¿se considera a las servilletas dentro de la categoría de “productos” o la ley obliga a volver a las servilletas de género?” (lo cual no sería muy viable). Hasta el momento nadie ha salido a clarificar este tipo de dudas.
En una línea similar, no se ha entregado claridad sobre las alternativas para reemplazar lo que se utiliza hoy, con esto se corre el riesgo de que la gran mayoría no entienda cómo implementar la normativa y por ende podría terminar en “letra muerta”.
Otro punto a trabajar para lograr una implementación exitosa, es en una campaña para difundir e informar bien los alcances de la ley y apoyar a los municipios en la forma en que se va a fiscalizar, ya que esta responsabilidad recae en los municipios, donde las capacidades de fiscalización no sobran.
Las dificultades se van sumando. La ley también incluye la obligación de ofrecer en vitrinas al menos un 30% de botellas retornables, una medida que, en general, es difícil de implementar. Este tipo de regulación, basada en cuotas, es una forma básica de regular, pero que en la práctica puede ser ineficaz, ya sea por dificultad de fiscalización, como por los mecanismos que empieza a desarrollar el mercado para adecuarse a cumplir las cuotas manteniendo su eficiencia de ventas o costos. Sería más apropiado incentivar la retornabilidad mediante mecanismos económicos más sofisticados, como incentivos tributarios o subvenciones, y desincentivar el uso de productos desechables mediante otro tipo de mecanismos económicos.
La Ley PUSU representa un paso importante hacia la protección del medio ambiente y la reducción de residuos. Sin embargo, su efectividad depende de la claridad en su implementación, la difusión adecuada de sus alcances y la oferta de alternativas viables para los productos desechables. La colaboración entre los reguladores, los municipios, los comercios y la ciudadanía es esencial a la hora del diseño de políticas públicas eficaces que logren un cambio sostenible y duradero en los hábitos de consumo y manejo de residuos.
El abogado señaló que «los locales de comida rápida han estado liderando una campaña contra la entrada en vigencia de esta obligación».
En agosto comenzará a regir la tercera fase de la Ley de Plásticos de un Solo Uso, que -entre otras normativas- prohibirá la entrega de materiales desechables, de cualquier tipo, en el interior de los locales de comida, lo que ha provocado una discusión en torno a los pro y contra de esta medida.
De ello, conversamos con Cristóbal Correa, director de Campañas de Contaminación Marina de la ONG Oceana Chile.
También conocimos la capacitación que están recibiendo vecinos de Cabrero, en la Región del Biobío, para producir un super compost, compuesto de hongos, aserrín y residuos orgánicos.
En «Huerta, ideas de patio», con Fernando González, del vivero Lahuan, vamos a seguir aprendiendo sobre cómo proteger las plantas del frío y las heladas.
Y en el Consejo Circular, te entregamos ideas sobre cómo aprovechar un cepillo de dientes viejo.
Escucha el programa completo aquí en Piensa Circular y no te pierdas cada domingo, a las 9:30 hrs, un programa nuevo en Radio Cooperativa, dial 93.3 si estás en Santiago. También puedes escuchar todos los capítulos en Spotify.
Por Magdalena Balcells, gerente general de la Asociación Gremial de Industriales del Plástico (Asipla).
Faltan apenas cinco meses para que, al alero de la Ley 21.368 -también conocida como Ley PUSU-, se produzca un profundo cambio de paradigma, ya que en restaurantes y lugares de expendio de comida preparada se prohibirá la entrega de envases desechables de cualquier materialidad, cuando el consumo ocurra dentro del local; en tanto, cuando el consumo sea para delivery (fuera del local) se permitirá la entrega de envases desechables de materiales distintos al plástico, a menos que se trate de envases de plásticos certificados, es decir, envases fabricados a partir de materias primas que contengan al menos un 20% de resinas de origen renovable y se puedan compostar en un lapso igual o inferior a 180 días.
Hasta acá, todo suena muy bien. Pero para llevarlo a la práctica es fundamental la preparación previa de la industria que, en un escenario de poca certeza técnica y jurídica, es simplemente impracticable.
El Anteproyecto de Reglamento de la Ley 21.368, que entró en consulta pública el pasado 7 de febrero, es un buen punto de partida para la implementación de la normativa, pero no entrega toda la información y precisión necesaria para el cumplimiento de las obligaciones y metas por parte de los establecimientos regulados. A ello se suma que el documento en consulta está sujeto a 8 resoluciones que aún no se encuentran disponibles y los plazos asociados para su redacción son extremadamente ajustados para asegurar una correcta aplicación de la ley.
Desde la industria identificamos en este reglamento varios temas sensibles, como los requisitos y certificaciones que deberán acreditar los plásticos certificados, así como también las obligaciones de trazabilidad, certificación e incorporación de material reciclado en botellas plásticas desechables, que, dicho sea de paso, con el ánimo de diferenciarlas de aquellas retornables e incentivar su circularidad, sugerimos que sean denominadas “botellas plásticas reciclables”.
En paralelo, nos encontramos con el hecho de que existe actualmente en curso en la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía del Senado, un proyecto de ley que busca modificar el Artículo 3 de la Ley PUSU, permitiendo la entrega de envases desechables distintos al plástico tradicional cuando el consumo de alimentos sea dentro del local, eliminando, así, la exigencia de uso de aplicaciones reutilizables.
Desde Asipla estamos convencidos de que uno de los grandes méritos de esta Ley es su objetivo y esencia de reducir la generación de residuos de envases de comida preparada de cualquier materialidad, entendiendo que son aplicaciones difíciles de gestionar por su volumen y contaminación orgánica asociada.
Evidentemente, un cambio de esta naturaleza implica coordinación y anticipación en su aplicación para minimizar eventuales efectos secundarios, como un aumento de la huella hídrica producto del uso de reutilizables, y por eso creemos que hay que reforzar los criterios de gradualidad -pensando en los actores más pequeños o en sitios más aislados- y la colaboración, para desarrollar proyectos de gran impacto, como Plaza 0 de Mall Plaza, que busca tener patios de comida libres de aplicaciones desechables y eficientes en el uso del agua
Para la industria del plástico nacional -y para nuestro gremio, en particular-, tanto la colaboración permanente entre actores involucrados que se dio desde el inicio de la tramitación de la Ley 21.368, como también la adopción de innovaciones e inversiones relevantes que aseguraran la correcta implementación de esta normativa, han estado en el centro de nuestro quehacer, porque estamos convencidos y comprometidos con aquellas políticas públicas que de manera coherente y sistémica nos permiten avanzar hacia la economía circular. Sin embargo, es fundamental contar con requisitos mínimos necesarios y con certeza jurídica para estar preparados oportunamente y ser un motor de empuje en la correcta implementación de esta ley.
Por Tomás Saieg, jefe de la Oficina de Economía Circular del Ministerio de Medio Ambiente.
En Chile se generan más de 23 mil toneladas de plásticos de un solo uso al año, y siete de los diez productos más encontrados en las playas son de este tipo. La Ley de Plásticos de un Solo Uso, promulgada en 2021 por unanimidad del Congreso, representa un hito histórico en la lucha contra la contaminación por plásticos en Chile.
El plástico es un material valioso, con múltiples aplicaciones y que nos permite, por ejemplo, conservar más tiempo los alimentos y evitar su desperdicio. Uno de sus atributos, además de que es fácilmente moldeable, es que dura mucho tiempo, sin embargo, lo estamos utilizando en productos que tienen una corta vida o que son de un solo uso.
Actualmente la mitad del plástico producido en el mundo está diseñado para ser desechado después de utilizarlo apenas una vez. Es hora de cambiar esta dinámica y avanzar hacia un modelo más sostenible donde, en primer lugar, disminuyamos el uso del plástico, sobre todo de aquellos innecesarios y problemáticos, y donde el plástico que es necesario se encuentre pensado desde su diseño para la reutilización, reciclaje o compostaje, evitando así su acumulación en el medioambiente.
Si observamos el flujo global del plástico, nos encontramos con una realidad preocupante: cerca del 30% de la cantidad de plástico producida termina en las riberas de los ríos, en el mar y en las playas, mientras que un 40% se destina a rellenos sanitarios. Solo un porcentaje menor, inferior al 15%, se recicla. Y lo más alarmante: para el 2050 se estima que habrá más plástico que peces en el mar.
Es evidente que la contaminación por plásticos no tiene una solución simple. Se requiere un cambio radical en nuestra relación con este material y con los productos de un solo uso en general. Es necesario que como país y como sociedad, dejemos atrás la lógica lineal de extracción, producción, consumo y desecho.
La Ley 21.368, más conocida como Ley de plásticos de un solo uso, viene a complementar la regulación nacional en esta materia, sumándose a la regulación de las bolsas plásticas en el comercio (Ley 21.100) y la Ley REP (Ley 20.920), que regula entre otros productos prioritarios a los de Envases y Embalajes -plástico, metal, vidrio, cartón para bebidas, papel y cartón- y establece metas de recolección y valorización para estas materialidades, metas que iniciaron en septiembre de 2023.
La Ley de Plásticos de un Solo Uso busca abordar este problema, no solo para el plástico, sino para productos de un solo uso de cualquier materialidad. Sus objetivos son proteger el medioambiente, disminuir la generación de residuos y fomentar la reutilización.
Para esto, la Ley prohíbe la entrega de productos de un solo uso para consumo dentro de establecimientos de expendio de alimentos, mientras que limita su entrega a aquellos que sean valorizables (distintos del plástico) o sean plásticos certificados (de fuentes renovables y compostables) para el consumo fuera de los establecimientos. También obliga a la incorporación de material reciclado en botellas hasta alcanzar un 70% en el año 2060 y a los comercializadores de bebestibles a ofrecer formatos retornables y recibir los envases por parte de los consumidores.
Esta ley nos ofrece una oportunidad como país para cambiar nuestra relación con el medioambiente, y plantea un importante desafío para la ciudadanía y las empresas. El éxito de esta regulación y de la lucha contra la contaminación depende de todas y todos. Está en nuestras manos prevenir la generación de residuos y cuidar el medioambiente.
Por Sebastián Carvallo, subdirector de Producción Sustentable de la Agencia de Sustentabilidad y Cambio Climático (ASCC).
Desde que comenzaste a leer esta columna, demorarás alrededor de dos minutos en llegar al final. En ese tiempo, en Chile se habrán generado 76 toneladas de residuos que irán a parar a vertederos o rellenos sanitarios. Somos uno de los países de Latinoamérica que más basura genera, cerca de 20 millones de toneladas al año. ¡No es sostenible!
Una herramienta fundamental para hacer frente a esta emergencia es la Ley 21.368 que regula la entrega de plásticos de un sólo uso y las botellas plásticas, promulgada en agosto del 2021 y que actualmente se encuentra en la segunda etapa de implementación.
En la primera etapa, que comenzó en febrero del 2022, se prohíbe la entrega de plásticos de un sólo uso, principalmente para el sector gastronómico. Así, se dio paso a los productos diseñados para ser compostados a nivel domiciliario o industrial y que estén certificados por el Ministerio del Medio Ambiente. La segunda etapa se inició en agosto pasado, obligando a los comercios a ofrecer y recibir botellas retornables.
Hoy, nos encontramos a unos meses de la entrada en vigencia de la tercera etapa de la Ley. A partir de agosto del presente año quedará prohibida la entrega de cualquier producto de un sólo uso destinado al consumo dentro de los establecimientos de expendio de alimentos que no sea reutilizable, independiente de si es plástico o no. Leyó bien, ya no hablamos únicamente de plástico, sino de todos los productos que se usen una sola vez.
Esta tercera fase es sin duda la más desafiante. Lo que para los consumidores será un ajuste, para las empresas gastronómicas se trata de un esfuerzo muy significativo que como sociedad debemos valorar. Habrá que modificar infraestructura, incorporar costos nuevos y educar a los clientes. Sin duda es una tarea muy difícil, pero extremadamente necesaria. Sabemos que en la industria las realidades de cada establecimiento son distintas y es importante que la normativa contemple esas diferencias.
Ya no se trata de que una cuchara esté libre de plástico y sea compostable, ahora debemos velar como sociedad que esa cuchara no termine en un vertedero, bajo toneladas de basura, transformando su descomposición en metano, un gas de efecto invernadero más dañino que el CO2. Si es compostable, habrá que compostarla. Suena simple, pero requiere de la coordinación de diferentes actores, la creación de mercados secundarios para estos productos y un aumento de la conciencia social.
Chile ha sido pionero en la región al implementar regulaciones significativas para la gestión de residuos. Además de la ley que regula la entrega de plásticos de un sólo uso, se suma la de Responsabilidad Extendida del Productor. Al mismo tiempo, existen proyectos de ley destinados a facilitar la valorización de los residuos orgánicos, promover el trabajo de prevención y reducción de las pérdidas y desperdicios de alimentos, así como iniciativas para la gestión de residuos en sectores como la construcción y textiles, entre otros.
No me extiendo más, porque el cronómetro sigue corriendo y las toneladas de residuos se siguen acumulando. La triple crisis ambiental parece inevitable, pero estoy convencido de que el trabajo público privado coordinado, serio y con altura de miras permitirá hacerle frente de forma responsable y justa.