- Por Javier Peró, Fundador y Presidente del directorio de Kyklos
La ley REP fue impulsada con el objetivo de aumentar las tasas de reciclaje de envases, embalajes y otros materiales, estableciendo un mecanismo de financiamiento en base al principio de que los “productores”, es decir, los que ingresan los envases al mercado, tengan que pagar para que estos sean recolectados y reciclados.
Para administrar este financiamiento, se crearon los SIG (Sistemas Integrados de Gestión), con el objetivo de agrupar a los “productores”, calcular las cuotas según su volumen en el mercado y “organizar” el mercado de recuperación, segregación y valorización de los “envases y embalajes” (EyE)
La normativa reconoce 2 tipos de fuentes o categorías distintas de EyE. Domiciliarios y No Domiciliarios (o Industriales), entendiendo que el lugar de generación, acopio, volumen, tipo, entre otros factores; entre estas dos categorías era evidentemente muy diferente y por ende, se debían normar de formas distintas.
Para la categoría Domiciliarios, se establecieron reglas bien uniformes, con el objetivo de unificar los criterios de recolección y que la población pudiera aprender fácilmente la forma de segregar y la industria pudiera unificar también la forma de recolectar, segregar y valorizar.
Además de establecer reglas uniformes, la ley Rep fue ambiciosa en definir todos los procedimientos de licitación de los servicios, estándares de operación, planes de gestión, entre muchas otras materias. Sumado a esto, impuso normas para favorecer la creación de “esperablemente” un solo gran SIG (en la actualidad se formaron 2 principales para domiciliarios) que pudiera controlar en una sola mano el destino de todos los EyE domiciliarios y estableció que los “productores”, miembros de un SIG, no tuvieran alternativas en la forma en que pueden “recuperar” sus envases que están poniendo en el mercado más que la establecida por el SIG al que adhirieron.
Estas normativas bien rígidas puede que hagan sentido -aunque discutiblemente- cuando se piensa en que los sistemas de recolección “casa a casa” en cada comuna tenga que seguir un orden y lógica común (al igual que los servicios básicos de energía y agua por ejemplo) en que se recolecta desde la “acera”, que es un espacio público sin embargo, lo que no consideró la nueva ley, es que existe un subconjunto relevante de envases que no son ni industriales, ni domiciliarios del “casa a casa”, en donde ya existía una industria de recuperación que ha falta de fomentos regulatorios, había desarrollado operaciones muy eficientes entre recolectores y valorizadores. Con esto nos referimos a centros comerciales, colegios, sucursales, eventos, oficinas, entre otros establecimientos que con la nueva ley quedaron sin una normativa adecuada a sus realidades.
Estos establecimientos ya habían creado una cadena logística, en donde participan eficientemente recolectores y valorizadores y en donde es muy complejo establecer licitaciones estándar que cumplan con los requerimientos y servicios específicos de cada establecimiento.
La reputación corporativa y la respuesta a las expectativas de los grupos de interés son claves ya que influyen en los clientes, en la lealtad de los empleados, entre otras cosas. “Para fortalecer la reputación empresarial, una comunicación debe mantenerse accesible, pero más importante es que sea fiable, clara y pertinente”, subrayó Carolina Zúñiga, Gerente de Comunicaciones y Marketing de Kyklos.
Más grave aún, la nueva regulación vino a aplastar las operaciones ya existentes, empeorando el estándar y subvencionando una operación uniforme (no especialista) aumentando significativamente los costos de operación en estos segmentos de mercado (distorsionando los precios). *estadísticas de Reciclaje ANIR Kyklos 2023
La nueva Ley solamente “subvenciona” envases que pasaron por una “licitación” o “trato directo” de recolección de los SIG y no permite ninguna alternativa, incluso cuando los EyE domiciliarios son recolectados dentro del establecimiento sin utilizar el espacio público. Con esto, quedan automáticamente fuera, todas las formas de reciclaje, recuperación, segregación y valorización que no están establecidas por una licitación de un SIG. Por ende, todas estas formas de reciclaje, tampoco van al cumplimiento de metas y no reciben la “subvención” de la ley. (“plop! legislativo”)
Esto limita también a los SIGs, que en vez de tratar de recolectar volúmenes a través de operaciones ineficientes, podrían perfectamente “subvencionar” las operaciones eficientes que ya existen y fomentar la creación de más formas de recolección y valorización eficientes.
Por el contrario, para envases, embalajes y otros materiales industriales, se permitió seguir operando eficientemente, recolectando de manera específica, por especialistas y llevando a valorización a precio de mercado. En estos casos, se debe “informar” y “entregar” el volumen a cambio de una negociación entre el generador y el SIG (precio de mercado). A esto se le denominó “monitoring”.
Esta “camisa de fuerza” impuesta sobre los EyE domiciliarios ha provocado diversos impactos económicos y ambientales:
- Bajas tasas de recuperación en EyE domiciliarios. Muy poco impacto en la recuperación real, a pesar de la cantidad de inversión puesta. *estadísticas de Reciclaje ANIR Kyklos 2023
- Distorsión de precios de mercado.
- Exclusión y canibalización de empresas de recolección y recuperación especialistas que ya operaban de forma eficiente. El sistema fomenta la concentración de grandes empresas uniformes de recolección. Sin un aumento de tasas de recuperación efectiva.
- Bloqueo total a la innovación de sistemas alternativos de recuperación, reciclaje, upcycling y valorización.
La regulación es mejorable de manera sencilla, entregando flexibilidad a la industria de recuperación en los casos en que la segregación en origen y recolección se generan dentro de los establecimientos (sin uso del espacio público). A través del mismo mecanismo de “monitoring” que los EyE industriales. Esto genera competencia real, precios de mercado, innovación y valor agregado en la recuperación de EyE específicos, entre otras cosas. Y no genera ningún perjuicio sobre la recuperación de Domiciliarios del casa a casa, a través de las licitaciones ya normadas por la ley.
Esta mejora se puede realizar simplemente a través de una modificación en el Decreto 12 de la Ley, ampliando la posibilidad de “monitoring” a EyE domiciliarios mientras estos se gestionen dentro de los establecimientos en que se generan.
Esta mejora podría impulsar fuertemente una industria de recolección innovadora, ágil, canalizando el financiamiento hacia las soluciones eficientes, que logren recuperar a bajo costo, impulsando la creación de empleos, valor agregado, y logrando impactar de forma significativa en el aumento de las tasas de reciclaje.
Y para mejorar aún más la competitividad, la innovación y el crecimiento de un mercado de recuperación eficiente, la ley también debiera permitir mayor flexibilidad en la forma en que las empresas se agrupan en SIGs. Permitiendo a las empresas ser parte de más de un SIG, generando competencia y creación de SIGs especialistas a métodos de recolección en localidades diferentes. (¿Por qué debe ser el mismo SIG que recolecta en Aysén, que el que recolecta en Atacama?). No tiene ningún sentido práctico la centralización, cuando se supone que necesitamos descentralizar, sobre todo cuando en un país como Chile existen realidades totalmente diferentes en regiones diferentes del país.
Para terminar, no hay que nunca perder “el norte”, en que el objetivo final no es recolectar más para reciclar más, sino que disminuir la generación a través de muchos mecanismos (ecodiseño, retornabilidad, upcycling, entre otros) para disminuir los residuos que llegan a rellenos sanitarios. Y para lograr esto, es fundamental que los incentivos de la regulación estén bien alineados para que se desarrollen estas estrategias en conjunto a la recolección y reciclaje.