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Hasta US$ 8 millones de multa arriesgan empresas que no cumplan con la Ley de Reciclaje

Feb 1, 2024

  • Según el Ministerio de Medio Ambiente, a la fecha hay más de 12 mil empresas que aún no se han inscrito ni reportado sus estadísticas para la categoría de envases y embalajes, que entró en operación en octubre pasado, arriesgando a pagar la sanción más alta.

Por Claudio Macías P.

La Ley del Reciclaje (o Ley 20.290 de Responsabilidad Extendida del Productor, REP) para la categoría de Envases y Embalajes entró en operación en octubre del año pasado y ya con el primer año proporcional cumplido, comenzaron a regir las primeras obligaciones para las empresas que comercializan bienes envasados, como la de inscribirse e informar la cantidad de productos que colocan en el mercado en el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).

En el DS-12 del Ministerio de Medio Ambiente (MMA), que establece las metas de recolección y valorización, se estima que al menos en el sector manufacturero existen 14.500 empresas que deben cumplir la Ley REP en envases y embalajes, excluyendo en esa cifra a las microempresas que se les exceptúa de la norma, de acuerdo a la ley 20.416, que fija criterios especiales para las empresas de menor tamaño.

A la fecha, el RETC -base de datos administrada por el MMA- registra que sólo se han inscrito 2.500 empresas, quedando en falta alrededor 12 mil compañías. ¿El riesgo? Una multa que puede ascender hasta $8 millones de dólares (10 mil Unidades Tributarias Anuales, UTA), quedando a criterio de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) el monto final. Lo que dependerá, según lo establece la norma legal, del beneficio económico que obtenga el infractor, su conducta previa y su capacidad económica, exceptuando de este último criterio a los sistemas de gestión colectivos.

Los expertos estiman que esas 12 mil compañías están compuestas en gran medida por empresas pequeñas y medianas, que comercializan más de 300 kgs de envases al año, pero muy lejos de las miles de toneladas que mueven las compañías más grandes. Para hacerse una idea, 300 kgs al año correspondería a menos de 1 kilo de envase por día. Una caja de cartón corrugado pesa alrededor de 250 gramos, lo que sería equivalente a vender productos embalados en 4 cajas de cartón por día.

De hecho, al medir el mercado total de envases y embalajes por volumen, los dos Gran Sistemas de Gestión Colectivos (Gransic) formados para envases domiciliarios, sus empresas adheridas (alrededor de 1.000 en el caso de ReSimple y 193 en el de Giro), mueven casi el 70% de las toneladas totales de envases y embalajes (66% ReSimple y 2% Giro).

“El foco de una pyme se basa principalmente en cómo hacer crecer su empresa y sus ventas, por ende lo más probable es que la Ley REP sea desconocida para ellas. Por ejemplo, muchas empresas que importan productos a Chile no están dentro de los Gransic”, comenta Isidro Pereda, experto de la consultora Repensando

Será labor de la SMA la fiscalización y sanción de esta obligación legal. Desde el organismo explican que actualmente están trabajando en la estrategia general de fiscalización.

No contar con un sistema de gestión autorizado (individual o colectivo) también constituye una infracción gravísima de acuerdo a la normativa vigente, arriesgando una multa también de hasta US$ 8 millones.

Cumplimiento de Metas

Otra de las obligaciones importantes será el cumplimiento de las metas de recolección y valorización, correspondientes al primer año de operación de la ley. Como la norma entró en vigencia el 16 de septiembre pasado y en operación el 2 de octubre, el Año 1 equivale al proporcional de las metas para ese periodo (octubre a diciembre), con las cifras de productos colocados en el mercado en el 2022. Esto es, 5% para el cartón para bebidas o tetra pack, 6% para el metal, incluyendo las latas de bebidas, 5% para el papel y cartón, 3% para plástico y 11% para vidrio. 

De acuerdo a las cifras reportadas por las empresas en el RETC para el 2022, el plástico es el producto que más se coloca en el mercado, con 4,9 millones de toneladas*. Le siguen los papeles y cartones, con 545 mil tons, y el vidrio con 357 mil tons. Luego vienen los metales con 67,6 mil tons. y el tetra pack con 24,5 mil toneladas. Estos datos no consideran los productos reutilizables nuevos y recuperados.

“La regulación vigente establece como plazo para la entrega del informe de cumplimiento el 31 de mayo de este año. Vencido ese plazo corresponde iniciar la evaluación de cumplimiento”, explican desde la SMA.

“Las metas de la Ley REP son muy desafiantes, incluso desde el primer año, debido a que si bien actualmente se recicla en Chile aproximadamente un 10% del total de envases y embalajes puestos en el mercado, esos kilos no están contabilizados por los Gransic, sino que son venta directa a los valorizadores de parte de sus proveedores (intermediarios, recicladores de base o pequeñas empresas de gestión de residuos). Un ejemplo de esto son las campanas de vidrios, la compra de cartones por parte de las recuperadoras, la compra de metales y latas de aluminio, entre otros”, explica Pereda.

El experto agrega que los sistemas de gestión deben cumplir sus metas según el tamaño de su POM (put on the market), esto es la suma de lo que ponen en el mercado sus empresas socias. “Por ende los sistemas más grandes deben cumplir con una cantidad de kilos mayores que los sistemas más pequeños. La puesta en marcha de los Gransic ha sido muy compleja, debido al poco tiempo para la puesta en marcha de un ecosistema nuevo, el tiempo que toman las licitaciones y la tardanza de la firma de convenios con municipios”.

Si bien las metas son ambiciosas, la misma ley contempla ciertas flexibilidades en los primeros cuatro años de vigencia. Las empresas que están en un sistema de gestión colectivo podrán cumplir el 50% de la meta para el producto de su subcategoría (cartón, vidrio, metal o plástico) y compensar el porcentaje restante con productos de otra subcategoría.

En caso de incumplimiento de las metas, la norma establece una multa máxima de 5.000 UTA, que equivale a alrededor de US$ 4 millones. Sin embargo, quienes no entreguen el reporte de cumplimiento, se arriesgan a la multa máxima, de 10 mil UTA. Es más caro no informar que no cumplir.

* Nota de la Redacción: Desde el MMA aclararon posteriormente que esta cifra es errónea, a pesar de estar publicada en el RETC. Según el área de Comunicaciones, el error se debió a que algunas empresas reportaron en kilos y no toneladas, y que no es posible de rectificar, debido a que ya terminó el plazo de corrección. Será labor de la SMA fiscalizar en base a los Informes de Cumplimiento que reporten los Sistemas de Gestión, cuyo plazo de entrega es el próximo 31 de mayo.

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