- La iniciativa busca modificar la ley N°21.075 para permitir la recolección, el tratamiento y el uso de aguas provenientes de las tinas, duchas, lavamanos, lavaplatos y lavadoras de ropa, entre otras actividades.
Por unanimidad (134 votos), la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó las enmiendas introducidas por el Senado en segundo trámite constitucional del proyecto de ley que permite el uso de aguas grises, o reciclada, para el riego agrícola. De esta forma, el proyecto está listo para convertirse en ley, en espera de su promulgación.
La iniciativa que regula el uso de aguas provenientes de las duchas, lavamanos, lavaplatos, máquinas lavavajillas y lavadoras de ropa en el riego de cultivos, fue ingresada por el Gobierno en marzo de este año y hoy culminó su tramitación en el Congreso.
Entrando más en detalle, el proyecto, que fue trabajado de manera conjunta por el Comité Interministerial de Transición Hídrica Justa, busca modificar la ley N°21.075 para permitir la recolección, el tratamiento y el uso de aguas provenientes de baño y cocina (a excepción del WC), conocidas como «aguas grises», para el riego de árboles frutales, cultivos ornamentales, cultivos de flores, cereales, cultivos industriales, praderas o empastadas para bolo o silo, producción de semillas, agua de pulverización, frutas y hortalizas, entre otros.
La ministra de Medio Ambiente, Maisa Rojas, valoró el despacho de esta iniciativa en un contexto de sequía extensa y prolongada que afecta al país por 13 años. «Como Gobierno estamos avanzando en todas las medidas que sean necesarias para hacer frente a la crisis hídrica. Y, precisamente, el fomentar el reúso de las aguas grises, en especial en la pequeña agricultura, manteniendo las medidas preventivas para que no signifique un riesgo para la salud, es fundamental y habilitará a los distintos organismos de la administración del Estado para potenciar este tipo de proyectos”.
Cabe destacar que las aguas grises no podrán ser utilizadas para el riego de frutas y hortalizas que crecen a ras de suelo y que son consumidas por las personas, ni tampoco en el riego de cultivos que consuman animales y que puedan transmitir afecciones a la salud de las personas.