- Ministra de Medio Ambiente Maisa Rojas recordó que comenzará a regir la segunda etapa de la ley de plásticos de un solo uso. Comercios que incumplan arriesgan multas de hasta $1,26 millones diarios.
La ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, informó que desde el domingo 13 de agosto los almacenes de barrio y tiendas de conveniencia –como minimarkets o comercios integrados a estaciones de servicio- están obligadas a tener oferta de bebestibles en envases retornables y recibir las botellas de este formato que entreguen los clientes. Esto, al comenzar a regir la segunda fase de la ley de plásticos de un solo uso, aprobada en 2021.
Tras visitar una tienda de conveniencia Spacio1, que cuenta con un sistema de venta de bebidas retornables, la ministra Rojas comentó que “como país contamos con la ley de plásticos de un solo uso que busca disminuir la generación de residuos que luego termina en la naturaleza. El domingo comenzó una nueva fase de esta normativa, entregando más opciones a la ciudadanía para preferir envases más sustentables como son los retornables, pudiendo comprarse ahora almacenes y tiendas de conveniencia”.
La ministra llamó a que los almacenes y minimarkets cumplan con esta ley, recordando que se establecieron multas ante incumplimientos. “Por cada día en que no haya disponible bebestibles en envases retornables o un mecanismo para recibir los envases, pueden ser multados desde $63 mil hasta de $1,26 millones”, explicó la autoridad.
Sobre la fiscalización, recordó que también que la ciudadanía pueda jugar un rol relevante para el cumplimiento de la normativa. La ley estableció que los municipios pueden fiscalizar, pero también la ciudadanía puede hacerlo a través de los Juzgados de Policía Local.
El gerente de Retail Esmax –operadores de Spacio1-, Igal Szewkis, comentó que “buscamos gestionar de forma responsable los impactos de nuestra operación, por lo que desde 2020, antes de que esto fuese una ley, iniciamos un proyecto piloto de venta de bebestibles en envases retornables en nuestras tiendas de conveniencia, lo cual fuimos desarrollando y ampliando los años siguientes, con el fin de alcanzar la totalidad de nuestras tiendas con la opción de retornabilidad”.
Plásticos de un solo uso
La ley de plásticos de un solo uso, aprobado en agosto de 2021, estableció que a los seis meses desde su publicación –plazo que se cumplió el 13 de febrero de 2022- comenzara la prohibición de entrega, por parte de los locales de expendio de comida, de los siguientes elementos plásticos: cubiertos (tenedor, cuchillo y cuchara), revolvedores, bombillas, palillos, además de cualquier artículo de plumavit.
Asimismo, desde el 13 de febrero de 2022 todos los supermercados del país están obligados a vender bebidas en botellas retornables y a recibir dichos envases de las personas.
A los dos años desde la publicación de la ley (13 agosto de 2023), esta obligación sobre la retornabilidad de los envases de bebidas se extiende a todas las tiendas de conveniencia y almacenes.
Adicionalmente, la ley establece que en un plazo máximo de 3 años (agosto de 2024) todos los establecimientos de expendio de comida preparada del país quedaran obligados a solo usar productos reutilizables para el consumo al interior de sus establecimientos (restaurantes, patios de comida, casinos, clubes sociales, cocinerías, fuentes de soda, cafeterías, salón de té, panaderías y bares, etc.).
En el mismo plazo, los deliveries solo podrán entregar envases y contenedores de comida de “plásticos compostable certificados” o de materiales valorizables distintos del plástico.
A su vez, las botellas plásticas de bebidas deberán ser hechas en base a plástico recolectado y reciclado en Chile, estableciendo un mercado para el reciclaje y la creación de empleos verdes en el país, contribuyendo con esta exigencia a alcanzar las metas que considera la ley REP para envases y embalajes.